La jueza Marcia Jacqueline Córdova Díaz suspendió este martes la audiencia pública dentro de la acción de protección presentada por Fundamedios contra el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y concedió un plazo de tres días para que esa institución remita el documento mediante el cual se habría derogado, modificado o dejado sin efecto el oficio No. CCFFAA-JCC-DCS-2026-1396-O, emitido el 28 de enero de 2026.
Dicho oficio dispuso la aplicación de lineamientos para la acreditación, evaluación y “gestión estratégica” de medios y periodistas que cubren ruedas de prensa y vocerías de la Institución. Para Fundamedios, esos criterios vulneran las libertades de expresión y de prensa, así como el derecho de acceso a la información pública, al condicionar la relación institucional con los medios de acuerdo a su línea editorial, a su tratamiento informativo histórico y a su supuesta afinidad con las Fuerzas Armadas.
La jueza también ordenó la conformación de una comisión independiente, a cargo de la Defensoría del Pueblo, para constatar el estado jurídico de los actos impugnados y verificar si los lineamientos cuestionados están vigentes o no.
Durante la audiencia, la defensa técnica de Fundamedios, integrada por las abogadas Michelle Álvarez y Alicia Celorio, sostuvo que el oficio No. CCFFAA-JCC-DCS-2026-1396-O, suscrito por el general Henry Santiago Delgado Salvador, jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador, constituye un acto violatorio de derechos al disponer a las direcciones de comunicación social militares la aplicación del denominado “Procedimiento de Acreditación, Evaluación y Gestión Estratégica de Medios de Comunicación”.
Ese procedimiento fue desarrollado en el INFORME-CCFFAA-DCS-2026-0001, de la Dirección de Comunicación Social del Comando Conjunto. El documento introduce criterios incompatibles con un régimen democrático, pues permite evaluar a los medios según su “línea editorial”, su “comportamiento histórico» con las FF. AA.”, las coberturas favorables y su condición de medios»afines » o «no afines” a la institución militar.
Fundamedios señaló que el problema no se limita a determinar quién accede o no a un evento oficial. Lo que está en juego es si una entidad estatal puede clasificar medios, premiar coberturas favorables y restringir el acceso a la información pública en función del grado de comodidad o incomodidad que genera el periodismo frente al poder. Un sistema de acreditación basado en la afinidad institucional abre la puerta a la discriminación por línea editorial y también a la censura previa.
La parte demandada, representada por abogados del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Defensa Nacional y de la Procuraduría General del Estado, sostuvo que el oficio impugnado no estaría vigente, que sus efectos habrían sido suspendidos y que el Informe CCFFAA-DCS-2026-0001 carecería de validez legal por no contar con la firma de responsabilidad. Además, cuestionó la existencia de una afectación concreta de derechos y llegó a plantear que la libertad de expresión sería “un derecho difuso”.
César Ricaurte, director de Fundamedios, cuestionó esa posición y señaló que la parte demandada no presentó un acto administrativo que acredite la derogatoria o la modificación formal del oficio impugnado. También sostuvo que la vulneración de derechos es real, porque deriva de la existencia de lineamientos estatales que clasifican a los medios como “afines” o “no afines” y condicionan su acceso a información institucional.
Fundamedios considera que ningún órgano público puede convertir la acreditación periodística en un mecanismo para premiar afinidades o castigar la crítica. El acceso a información pública y a coberturas institucionales debe regirse por criterios objetivos, transparentes, razonables y no discriminatorios.
La audiencia se reinstalará el 28 de mayo de 2026, a las 11:00.

