Las Fuerzas Armadas tienen tres días para presentar prueba de que sus lineamientos de comunicación, que afectan la libertad de expresión, ya no están vigentes

La jueza Marcia Jacqueline Córdova Díaz suspendió este martes la audiencia pública dentro de la acción de protección presentada por Fundamedios contra el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y concedió un plazo de tres días para que esa institución remita el documento mediante el cual se habría derogado, modificado o dejado sin efecto el oficio No. CCFFAA-JCC-DCS-2026-1396-O, emitido el 28 de enero de 2026.

Dicho oficio dispuso la aplicación de lineamientos para la acreditación, evaluación y  “gestión estratégica” de medios y periodistas que cubren ruedas de prensa y vocerías de la Institución. Para Fundamedios, esos criterios vulneran las libertades de expresión y de prensa, así como el derecho de acceso a la información pública, al condicionar la relación institucional con los medios de acuerdo a su línea editorial, a su tratamiento informativo histórico y a su supuesta afinidad con las Fuerzas Armadas.

La jueza también ordenó la conformación de una comisión independiente, a cargo de la Defensoría del Pueblo, para constatar el estado jurídico de los actos impugnados y verificar si los lineamientos cuestionados están vigentes o no.

Durante la audiencia, la defensa técnica de Fundamedios, integrada por las abogadas Michelle Álvarez y Alicia Celorio, sostuvo que el oficio No. CCFFAA-JCC-DCS-2026-1396-O, suscrito por el general Henry Santiago Delgado Salvador, jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador, constituye un acto violatorio de derechos al disponer a las direcciones de comunicación social militares la aplicación del denominado “Procedimiento de Acreditación, Evaluación y Gestión Estratégica de Medios de Comunicación”.

Ese procedimiento fue desarrollado en el INFORME-CCFFAA-DCS-2026-0001, de la Dirección de Comunicación Social del Comando Conjunto. El documento introduce criterios incompatibles con un régimen democrático, pues permite evaluar a los medios según su “línea editorial”, su “comportamiento histórico» con las FF. AA.”, las coberturas favorables y su condición de medios»afines » o «no afines” a la institución militar.

Fundamedios señaló que el problema no se limita a determinar quién accede o no a un evento oficial. Lo que está en juego es si una entidad estatal puede clasificar medios, premiar coberturas favorables y restringir el acceso a la información pública en función del grado de comodidad o incomodidad que genera el periodismo frente al poder. Un sistema de acreditación basado en la afinidad institucional abre la puerta a la discriminación por línea editorial y también a la censura previa.

La parte demandada, representada por abogados del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Defensa Nacional y de la Procuraduría General del Estado, sostuvo que el oficio impugnado no estaría vigente, que sus efectos habrían sido suspendidos y que el Informe CCFFAA-DCS-2026-0001 carecería de validez legal por no contar con la firma de responsabilidad. Además, cuestionó la existencia de una afectación concreta de derechos y llegó a plantear que la libertad de expresión sería “un derecho difuso”.

César Ricaurte, director de Fundamedios, cuestionó esa posición y señaló que la parte demandada no presentó un acto administrativo que acredite la derogatoria o la modificación formal del oficio impugnado. También sostuvo que la vulneración de derechos es real, porque deriva de la existencia de lineamientos estatales que clasifican a los medios como “afines” o “no afines” y condicionan su acceso a información institucional.

Fundamedios considera que ningún órgano público puede convertir la acreditación periodística en un mecanismo para premiar afinidades o castigar la crítica. El acceso a información pública y a coberturas institucionales debe regirse por criterios objetivos, transparentes, razonables y no discriminatorios.

La audiencia se reinstalará el 28 de mayo de 2026, a las 11:00.

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