Una serie de requisitos y trabas ha impuesto la Presidencia de la República a los ciudadanos que quieren entregar cartas dirigidas al presidente Lenin Moreno, restringiendo el derecho constitucional de petición. Se exige que la entrega del documento sea realizada por el titular de la carta, que presente su cédula de ciudadanía, que la fecha de presentación del documento esté actualizada al día de entrega, y se incluya además el número de contacto, y su dirección exacta de domicilio y de correo electrónico.
Si es un tercero el que entrega el documento, la entrega se complica, puesto que este deberá presentar una autorización escrita del titular de la carta, así como la copia de cédula de ciudadanía, tanto de quien firma la carta como de quien la entrega. Si se trata de una organización, quien entregue el documento deberá además presentar la credencial respectiva.
Cabe anotar que el Art. 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, señala que toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a cualquier autoridad competente, ya sea por motivo de interés general, ya de interés particular, y de obtener pronta resolución, mientras que el Art. 66 de la Constitución de la República del Ecuador, en su parte pertinente dispone “Se reconoce y garantizará a las personas: (...) El derecho a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades y a recibir atención o respuestas motivadas.”
Debido a estas restricciones, Fundamedios no pudo entregar una carta al Presidente, en done se lo invita a participar en un Foro Público a realizarse este 21 de septiembre.


