Por exceder el tiempo de publicidad, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) y su Intendencia Zonal 5-8 sancionaron de oficio a dos medios de comunicación y los multaron con el pago de USD 3660.
El 31 de agosto de 2016, la Supercom determinó que “Radio Añoranza La Rumbera 99.7 FM” de Quito incumplió con el artículo 68 del reglamento general de Ley Orgánica de Comunicación, referente al limite de tiempo de espacios publicitarios. El medio denunciado transmitió el 14 de julio de 2016, el programa de entretenimiento “Arriba la Mañana”, difundido en el horario de 06h00 a 09h00.
La entidad estatal determinó que el medio excedió el tiempo máximo de difusión de contenido publicitario comercial. El reporte interno concluyó que “en la primera hora de programación, el medio sobrepasó en publicidad 4 minutos y 16 segundos, en la segunda hora, 6 minutos y 09 segundos; y, en la tercera hora, 14 minutos y 57 segundos”. Esta Superintendencia recordó que la estación radial “tiene el deber de transmitir programación que se ajuste a los límites contemplados en la legislación”. El representante del medio reconoció en la audiencia que “hubo un problema de comunicación interna al elaborar las tandas de pautaje” y que son conscientes de la falta.
En otro caso, la Intendencia de la Información y Comunicación Zonal 5-8, a través de un trámite iniciado de oficio sancionó a la radio “La Voz de la Península 93.3 FM”, de la provincia costera de Santa Elena por incumplir lo el artículo 93 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y 68 de su Reglamento General, referente al exceso de publicidad, durante el programa de entretenimiento “El show de Alfredo Parrales” del 15 de julio de 2016. El 23 de agosto de 2016, durante la audiencia el represente del medio alegó que “se trataba de una transmisión especial en relación a una festividad local, por lo que no se contó con el control adecuado”. Por otro lado, el representante de la Intendencia evidenció que “la radio emitió 31 menciones publicitarias en vivo, lo que generó un exceso de 15 minutos con 48 segundos”.


