Una estación de radio y un diario deberán pagar el 10% de la facturación promediada de los últimos tres meses, por infringir el artículo 36 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), respecto al derecho a la comunicación intercultural y plurinacional. Es el caso de Radio Canela 106.5 FM, de Quito y el diario de provincia La Nación, de la localidad fronteriza de tulcán, al norte del país.
En el primer caso, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), decidió el 25 de octubre multar de oficio a “Canela Radio Corp 106.5 FM” por su programación del 21 de julio de 2016 y que a criterio de la entidad reguladora no cumplió con la Ley. En su resolución la Supercom determinó que “Radio Canela 106.5 FM difundió 30 minutos con 27 segundos de programación de contenidos interculturales, equivalente a 2.1%. Con esto, se constató que el medio no alcanzó el 5% que dispone la normativa vigente (72 minutos, de 06:00 a 24:00), por cuanto inobservó el derecho a la comunicación intercultural y plurinacional”.
En el segundo caso, la sanción se dio el 1 de noviembre, cuando la Intendencia de la Información y Comunicación Zonal 1 - Norte, a través de un proceso iniciado de oficio multó a "Diario La Nación” de Tulcán, por el contenido de su edición del 14 de septiembre de 2016. La Supercom en la resolución determinó que “ninguna nota, artículo o reportaje cumplió con los requisitos del Reglamento del artículo 36 de la LOC, por lo que infringió con la difusión del 5% de contenidos interculturales”.

