El 12 de diciembre de 2014, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) sancionó a la revista Soho con una multa equivalente a 10 remuneraciones básicas (USD 3400 dólares) por no difundir, en portada, el tiraje de la revista, en su edición #133.
Según la entidad de control, la revista incumplió con el artículo 90 de la Ley Orgánica de Comunicación y con el artículo 4 de la regulación emitida por el Consejo de Regulación (Cordicom) referente a la obligación de los medios impresos a incluir en cada publicación que editen, un espacio en el que se especifique el número total de ejemplares puestos en circulación.
El proceso contra la revista se inició de oficio el pasado 18 de noviembre, tras un reporte interno emitido por esta misma entidad, luego de un monitoreo en donde se registró que el tiraje de la de la revista correspondiente al mes de mayo fue publicado en la página quinta y no en la portada, como indica la Ley.
En su defensa, el abogado del medio de comunicación alegó, durante la audiencia de sustanciación, que “el proceso de edición de la revista terminó el 17 de abril de 2014”,y fue remitido a Colombia para su impresión cuando el reglamento aún no había sido publicado en el Registro Oficial, hecho que sucedió el 21 de abril, “por lo que no había manera de que conozcamos de tal reglamento”, apuntó, a su vez que pidió se archive la causa.
La Supercom no acogió los argumentos de la defensa del medio de comunicación, pues consideraron que el Reglamento para Establecer los Parámetros Técnicos para la Difusión del Tiraje fue expedido el 21 de abril del 2014, y en él se mencionaba que este entrará en vigencia a partir de su aprobación sin perjuicio de publicación en el registro oficial.

