Ecuador, 19 de febrero de 2026.– La Mesa de Articulación para la Protección de Periodistas (MAPP) y más de 100 periodistas, trabajadores de la comunicación, organizaciones, medios de comunicación y ciudadanos expresamos días atrás públicamente nuestra preocupación frente al oficio emitido el 28 de enero de 2026 por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que disponía la aplicación de lineamientos para la acreditación, evaluación y “gestión estratégica” de medios y periodistas en coberturas institucionales.
Ese documento incluía disposiciones incompatibles con la libertad de expresión, al ordenar la aplicación de criterios vinculados a la línea editorial, al tratamiento informativo histórico y a la denominada “postura institucional” de los medios frente a las Fuerzas Armadas. Además, establecía matrices de evaluación y clasificación por “afinidad”, lo que abría la puerta a un sistema de acceso condicionado por el contenido, la crítica y la conveniencia institucional.
Tras la reacción pública y la recolección de firmas que exigían dejar sin efecto el oficio, las Fuerzas Armadas han señalado, mediante un comunicado oficial, que dicho documento está en revisión y no se encuentra vigente.
Reconocemos que este pronunciamiento constituye un primer paso relevante y confirma el valor de la vigilancia ciudadana frente a cualquier medida que pueda afectar el ejercicio del periodismo y el derecho de la sociedad a estar informada. La movilización de organizaciones, gremios y periodistas demuestra, además, que los estándares constitucionales y del Sistema Interamericano sobre la libertad de expresión no son negociables.
Sin embargo, hasta la fecha no se ha hecho público ningún acto administrativo formal que derogue o declare insubsistente el oficio del 28 de enero de 2026, ni que elimine de manera expresa sus anexos e instrumentos asociados.
En un Estado de derecho, las aclaraciones comunicacionales no sustituyen la seguridad jurídica. Cualquier intento de condicionar o restringir el trabajo periodístico no puede quedar sujeto a interpretaciones posteriores ni a declaraciones públicas.
La libertad de expresión no es compatible con la censura previa ni con las restricciones indirectas. Ninguna entidad estatal puede calificar, puntuar o discriminar a medios y periodistas por su enfoque editorial o por el sentido de sus coberturas. El acceso a la información de interés público debe regirse exclusivamente por criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios.
Por ello, exigimos que se formalice de manera inmediata la derogatoria del oficio del 28 de enero de 2026 y la eliminación expresa de cualquier lineamiento, anexo o instrumento de evaluación asociado, a fin de evitar ambigüedades y garantizar que no se produzcan restricciones en la práctica.
Seguiremos vigilantes en defensa de la libertad de expresión, la libertad de prensa y el derecho de la ciudadanía a recibir información plural, sin condicionamientos.
