Varios periodistas y medios de comunicación han denunciado en varios ocasiones que han encontrado obstáculos para acceder a la información generada por entidades públicas.
Ana Angulo Coordinadora Nacional de Diario Hoy señaló que el pasado 19 de mayo de 2009, en PETROECUADOR, petrolera estatal, no se le permitió el ingreso ni siquiera al departamento de comunicación de dicha institución. La periodista acudió a la institución pública para conseguir información acerca de acuerdos en materia energética suscritos entre los presidentes Rafael Correa y Hugo Chávez.
Después de pasar algunos minutos de pie en la portería del edificio y de algunas llamadas por teléfono a las personas que trabajan en la institución la última conexión no tuvo respuesta “del otro lado de la línea escuché la grabación de una voz masculina que me pedía dejar el nombre, avisar lo que quería y mi número de teléfono; me ofrecía devolver la llamada. Cumplí el pedido y me fui… la llamada nunca fue devuelta”
Ángulo relata que situaciones similares pasan a diario “cuando yo trabajaba en Blanco y Negro, hace pocos meses y mandaba a mis periodistas a buscar información y siempre nos tocaba conseguir por debajo de la mesa”
Otra denuncia pública fue de Diario Expreso que denunció no tener respuesta del Ministerio de Obras Públicas a una serie de peticiones desde agosto de 2008, sobre contratos adjudicados dentro de planes viales. El rotativo también denunció que de PETROECUADOR no ha recibido respuesta a una solicitud de información pública, ingresada el pasado 12 de mayo de 2009.
Otras periodistas que pidieron a Diario HOY no publicar sus nombres expresaron haber tenido un altercado con una funcionaria de la Secretaria de Comunicación de la Presidencia de la República quien las abría sacado a empujones del lugar.
El derecho al libre acceso a la información, generada desde la instituciones públicas esta consagrada en la Constitución política aprobada al pasado 28 de septiembre de 2008 que en su artículo Art. 18 numeral 2 de la Constitución, reconoce el deber del Estado de garantizar a toda persona el “acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la Ley…”.
El Ecuador además cuenta con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) que en sus artículos 1 y 19 establece que toda información que emana del poder público es de los ciudadanos y ciudadanas, y que, por tanto, tienen el derecho a acceder a la información pública que reposa en su institución. Y según el Art. 21 de la misma ley, en caso de denegación de la información pueden proceder recursos legales y sanciones.