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Fundamedios saluda sentencia de la Corte Constitucional que protege la libertad de expresión en redes sociales oficiales

Ene 24, 2026 | Actividades, Comunicados

Ecuador, 27 de enero de 2026.- Fundamedios se congratula por la sentencia 2032-20-JP/25, emitida por la Corte Constitucional y publicada el 9 de enero de 2026. Esta constituye un precedente clave para la protección del derecho a la libertad de expresión en los espacios digitales administrados por instituciones públicas.

En esta decisión, la Corte Constitucional declaró la vulneración del derecho a la libertad de expresión del ciudadano Carlos David Bermeo Hidalgo, tras constatar que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Lago Agrio bloqueó al usuario de la página oficial de Facebook de la institución.

La Corte recordó que las redes sociales oficiales de entidades públicas operan como extensiones del espacio público, por lo que no pueden utilizarse para silenciar críticas, restringir el debate democrático o excluir arbitrariamente a la ciudadanía, especialmente cuando se trata de expresiones sobre asuntos de interés público. 

En ese sentido, el fallo establece que cualquier medida de bloqueo, filtrado o limitación de la interacción debe estar claramente definida, ser transparente, responder a un objetivo legítimo y contar con mecanismos efectivos de revisión administrativa y judicial.

Fundamedios destaca que esta sentencia reafirma un principio esencial en una sociedad democrática: la libertad de expresión no se suspende en el entorno digital, y las instituciones del Estado tienen la obligación reforzada de garantizar el debate abierto, plural y crítico, incluso cuando las opiniones resulten incómodas para las autoridades.

Asimismo, valoramos que la Corte haya ordenado medidas de reparación y de no repetición, incluida la obligación de elaborar protocolos claros para la gestión de redes sociales institucionales, lo cual contribuye a prevenir prácticas de censura y a fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública.

Finalmente, Fundamedios exhorta a todas las autoridades e instituciones públicas del país a cumplir de buena fe con esta sentencia, adecuar sus prácticas digitales a los estándares constitucionales e interamericanos y abstenerse de adoptar medidas que restrinjan arbitrariamente la libertad de expresión y la participación ciudadana en entornos digitales oficiales.

La vigencia de la libertad de expresión —también en redes sociales— es una condición indispensable para la democracia, el control social y la protección del espacio cívico en Ecuador.ita la judicialización de la crítica y la utilización del sistema de justicia como mecanismo de restricción, no de garantía.

Una democracia sólida necesita más debate público, más tolerancia frente a la crítica y menos castigo penal. La libertad de expresión se protege creando condiciones para su ejercicio pleno y seguro, no consolidando normas ambiguas que permiten su restricción bajo la apariencia de protección.

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